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El Programa:

“Programa de Inversión y Crecimiento Comercial de Meriden” (el “Programa”) que cuenta con el financiamiento del Municipio de Meriden con una asignación de hasta $5,000,000 de fondos de la Ley del plan de rescate estadounidense (American Rescue Plan Acts, ARPA) para ayudar en la reinversión en propiedades e infraestructura de Meriden para reducir los locales comerciales vacíos y promover el desarrollo de negocios y corredores de negocios activos en la Ciudad de Meriden.

Gestión del Programa:

Los programas serán administrados por el Departamento de Desarrollo Económico y Comunitario (el “ Departamento”) de la Ciudad de Meriden en coordinación con el Departamento de Desarrollo y Ejecución, el Departamento de Finanzas y con la asistencia de la Corporación para el Desarrollo Económico de Meriden (Meriden Economic Development Corporation, “MEDCO”) y la Cámara de Comercio del Centro del Estado (Midstate Chamber of Commerce) (la “Cámara del Centro del Estado”).

Capitalización inicial del programa:

$5,000,000

Finalidad:

El objetivo del Programa es proporcionar subvenciones paralelas para mejorar la corrección del código y el desarrollo económico en la ciudad de Meriden en general y con un incentivo para la revitalización en el distrito orientado al tránsito (Transit Oriented District, TOD) del centro de Meriden. Este programa tiene por objeto mejorar la revitalización y contribuir positivamente al bienestar económico del municipio y el Estado, aumentando el empleo y los valores de la propiedad en Meriden y logrando un centro más vibrante y activo con un mayor número de personas, empresas, equilibrio de ingresos y oportunidades.

Actividades elegibles del Programa:

Como parte de esta iniciativa se proponen tres (3) conjuntos de actividades elegibles del Programa, con los siguientes desgloses presupuestarios iniciales (todos los gastos del programa estarán sujetos a los requisitos de compra de la Ciudad de Meriden según se establece en el presente documento):

  1. Asistencia para la corrección de código, que proporcionaría una subvención equivalente de 50/50 a los propietarios de empresas y promotores por el costo de las mejoras para transformar los espacios vacíos en usos comerciales compatibles con el código. Esto incluiría la corrección de infracciones a los códigos de incendios, seguridad, eléctrico, estructural y otras infracciones del código. La asistencia también podría incluir una partida para un estudio de viabilidad a fin de estimar el rendimiento de la inversión de esos usos previstos de los edificios. Para los proyectos en el TOD de Meriden el requisito de equiparación privada se reducirá al 25 % del costo total. La asignación presupuestaria para la corrección de códigos sería de $1,875,000 y el monto máximo en dólares de cada subvención de asistencia para la corrección de códigos de la ciudad se limitará a $300,000 por proyecto.
  2. Asistencia para renovación de espacios, que proporcionaría subvenciones 50/50 a propietarios y promotores inmobiliarios para crear espacios base comercializable para el alquiler o la venta para uso comercial después de completar cualquier corrección de cumplimiento del código a la estructura. Estas subvenciones se utilizarán únicamente para hacer que los locales comerciales vacantes puedan ponerse en alquiler razonablemente, con mejoras razonables de los inquilinos y reducir las deficiencias y los desincentivos económicos para el uso de los espacios. Para los proyectos en el TOD de Meriden, el requisito de equiparación privada se reducirá al 25 % del costo total. La asignación presupuestaria para la corrección de códigos sería de $1,875,000 y el monto máximo en dólares de cada subvención de asistencia para la corrección de códigos de la ciudad se limitará a $300,000 por proyecto.
  3. Financiamiento para el desarrollo económico, que proporcionaría subvenciones para pequeñas empresas incipientes: $500,000 en subvenciones. Estos se otorgarán a empresas de nueva creación que cumplan ciertos criterios y acepten operar en Meriden. Las subvenciones se limitarán a un máximo de $50,000 por beneficiario. El financiamiento del programa solo se permitirá para gastos de nuevas empresas y no se permitirá para el reembolso de alquiler, servicios públicos y gastos de capital gastados por los solicitantes antes de la aprobación final de la solicitud de subvención.

El Departamento puede asignar hasta $250,000 de financiamiento adicional a cualquiera o algunas de estas actividades programáticas.

Difusión y solicitudes:

Las actividades de difusión para los solicitantes de este Programa se iniciarán a través del Departamento de Economía y Desarrollo Comunitario de la Ciudad, el Departamento de Aplicación de Códigos de la Ciudad, la Cámara del Centro del Estado, MEDCO y a través de programas de extensión para empresas minoritarias como la Asociación de Comerciantes Hispanoamericanos (SAMA), la Alianza de Negocios Negros y otros recursos de desarrollo económico locales y estatales. Se desarrollará un proceso de solicitud y se solicitará la presentación de solicitudes a partir del inicio del Programa. Se pedirá a los solicitantes que examinen las solicitudes previas de proyectos antes de que se preparen solicitudes detalladas para su presentación y aprobación finales. El Departamento recibirá las solicitudes previas y las remitirá como sigue:

  • En primer lugar, al consultor de la ARPA de la ciudad para la revisión de las actividades propuestas y al solicitante de conformidad con las regulaciones federales de la ARPA;
  • En segundo lugar, si es aprobado por el consultor de la ARPA de la ciudad para revisión de la MEDCO por el comité de la MEDCO establecido para revisar y recomendar la aprobación de las solicitudes del Programa; y
  • En tercer lugar, al Departamento para la aprobación final por estar de acuerdo con las prioridades del Departamento y la Ciudad; el Departamento puede desaprobar y vetar o retrasar cualquier solicitud aprobada por el comité de aprobación de la MEDCO.

Una vez completadas y aprobadas las solicitudes previas por el comité de aprobación de MEDCO y el Departamento, los Solicitantes serán dirigidos a una firma de consultoría contratada por la Ciudad utilizando fondos del Programa (el “Conserje de los Solicitantes”) para ayudar a los Solicitantes a preparar una solicitud detallada para consideración y aprobación final. La aprobación estará condicionada, entre otras cosas, a que las solicitudes detalladas sean de acuerdo con las regulaciones municipales y federales y las directrices del Programa. Tras la aprobación de cualquier solicitud final, el Departamento preparará y firmará acuerdos de subvención por escrito y la documentación asociada con los solicitantes seleccionados.

El Departamento y MEDCO participarán en períodos de solicitud sucesivos de hasta 90 días cada uno para recibir y revisar grupos de solicitudes y continuarán los períodos de solicitud sucesivos hasta el 31 de diciembre de 2024, o la fecha en que se haya asignado todo el financiamiento del Programa.

Prioridades de financiamiento:

El financiamiento prioritario se destinará a proyectos situados en el distrito de desarrollo económico de Mérida, que se encuentran en una sección censal, a fin de permitir oportunidades adicionales de empleo y negocios para empresarios pertenecientes a minorías y a personas socialmente desfavorecidas.

Las consideraciones iniciales sobre las solicitudes empresariales prioritarias y de menor rango para este Programa son las siguientes:

  1. Proyectos prioritarios: Empresas que se ajustarían a la demografía económica de Mérida:
    • Apoyo a las empresas pertenecientes a minorías y a mujeres
    • Cervecería artesanal/ {Destilería artesanal}: Desarrollo Económico ya está en contacto con el Connecticut Brewers Guild
    • Médicas
    • Entretenimiento familiar, es decir, música, artes
    • Restaurantes
    • Fabricación
    • Industria de servicios:
      • Por definición: banca, comunicaciones, comercio mayorista y minorista, todos los servicios profesionales como ingeniería, desarrollo de software informático y medicina, actividad económica sin fines de lucro, todos los servicios al consumidor y todos los servicios gubernamentales, incluyendo defensa y administración de justicia
  2. Empresas con baja puntuación : Debido a la abundancia de empresas que figuran en la lista
    • Almacenes de paquetes
    • Salones de tatuajes
    • Salones de uñas/peluquería (sin incluir las escuelas de cosmetología)
    • Pizzerías
    • Estudios de baile
  3. Clasificación de las Solicitudes : Consideraciones iniciales
    • De mayor impacto, es decir, la necesidad
    • La mayor oportunidad para la creación de empleos
    • Capacidad financiera para completar el proyecto: ¿es sostenible?
    • Posible longevidad del negocio/proyecto

Se elaborarán criterios detallados para examinar y evaluar uniformemente las solicitudes y la información de respaldo conexa y para determinar la prioridad de las solicitudes recibidas.

Requisitos de equiparación:

Los solicitantes exitosos con propuestas de proyectos fuera del distrito orientado al Tránsito (“TOD”) de Meriden deberán mostrar una inversión en efectivo (ya sea en efectivo o mediante un préstamo comprometido) por los propietarios o el arrendatario actual o potencial en una cantidad no inferior a la mitad (½) de la cantidad de fondos del Programa aprobados para el proyecto. Los solicitantes de proyectos ubicados dentro del TOD deberán mostrar dicha inversión equivalente no menos de un cuarto (¼) de la cantidad de fondos aprobados del Programa para el proyecto. Además de los costos directos del proyecto pagados por los solicitantes, los costos de diseño para la preparación de los planos y las solicitudes de financiamiento en los que hayan incurrido los solicitantes podrán subvencionarse a efectos de la equiparación. El producto de los préstamos para los costos de proyectos en los que incurran los solicitantes se imputará al requisito de ajuste, siempre que estos fondos se utilicen realmente para los costos del proyecto.

Fecha de finalización obligatoria:

Las solicitudes finales completas y detalladas deben presentarse dentro de los 90 días posteriores a la notificación a los Solicitantes de la aprobación de su solicitud previa, o dentro del tiempo adicional que pueda ser aprobado por el Departamento o el comité de aprobación de la MEDCO. Todas las solicitudes detalladas de proyectos que serán financiados por el Programa deben completarse y todos los fondos del Programa deben estar completamente aprobados y asignados el 31 de diciembre de 2024 o antes. Cualquier solicitud de financiamiento o presolicitud pendiente que no haya sido completada y aprobada, y cualquier obligación por parte de la Ciudad de considerar proveer fondos del Programa para cualquier solicitud no aprobada, vencerá en esa fecha.

Solicitantes elegibles:

Los solicitantes elegibles para las actividades del Programa son los siguientes:

  • Asistencia para la corrección de códigos: El propietario de una propiedad comercial vacante o infrautilizada en la ciudad de Meriden. Si un arrendatario del local proporciona la totalidad o parte de la equiparación en efectivo requerida, el arrendatario debe unirse como solicitante con el propietario. Se dará prioridad a los proyectos que reduzcan el número de locales vacíos.
  • Asistencia para renovación: propietario de una vivienda comercial desocupada en planta baja en la Ciudad de Meriden. Si un arrendatario del local proporciona la totalidad o parte de la equiparación en efectivo requerida, el arrendatario debe unirse como solicitante con el propietario. Se dará prioridad a los proyectos que reduzcan el número de espacios comerciales vacantes.
  • Financiación para el desarrollo económico: La entidad empresarial y todos los propietarios del 20 % o más de las participaciones en el capital de la entidad empresarial deben unirse como solicitantes.

Los solicitantes pueden presentar solicitudes separadas para más de un centro de negocios en Mérida. Se permitirán proyectos separados en direcciones diferentes por un solo solicitante.

Gastos elegibles y compras a través de la ciudad; inspecciones e informes de seguimiento:

Los gastos del proyecto financiados por el Programa se limitarán a los costos y servicios del proyecto permitidos por las regulaciones federales de la ARPA y las directrices del Programa. Estos gastos pueden incluir, entre otros, los costos directos de construcción y los costos de diseño y de los bienes personales o los servicios necesarios para el proyecto o la empresa elegibles. Los fondos del programa NO pueden utilizarse para reembolsar préstamos anteriores tomados y retirados para el proyecto antes de la aprobación de la solicitud final o para cualquier gasto prohibido por las regulaciones federales o estatales o las directrices del Programa.

Todos los gastos de los fondos del Programa deben cumplir con los requisitos de compra de la Ciudad de Meriden. Para los gastos del Programa se exigirá la aprobación de dichos costos del proyecto a través del Departamento de Compras de la Ciudad de Meriden. Por ejemplo, todos los gastos del Programa de $25,000 o más requerirán una licitación competitiva a través del Departamento de Compras de la Ciudad de Meriden. Sin embargo, los gastos de proyectos aprobados que no estén financiados con fondos del Programa no tendrán que cumplir con los procedimientos de licitación de la Ciudad de Meriden. No obstante, esos gastos no financiados con fondos del Programa se considerarán fondos de equiparación obligatorios del Programa.

Las restricciones salariales vigentes en Connecticut se aplicarán en todos los contratos para el gasto de los fondos del Programa. Las restricciones salariales de la Ley Federal Davis-Bacon también se aplicarán si se emplean otros fondos estatales o federales en el proyecto.

El Conserje de los Solicitantes estará disponible para ayudar a los Solicitantes a determinar los gastos que se pueden aprobar.

Los Solicitantes deberán informar y proporcionar información de respaldo sobre los costos y actividades del proyecto según lo exijan el Departamento y MEDCO o según las regulaciones federales o estatales aplicables.

La Ciudad de Meriden puede inspeccionar el proyecto y los registros comerciales de los Solicitantes aprobados de vez en cuando, según sea necesario para obtener información y asegurar el cumplimiento de la solicitud del Programa aprobado y el acuerdo de subvención con la Ciudad.

Documentación del Solicitante:

Además de los otros requisitos aquí mencionados y según lo establezca el Departamento como parte del diseño del proceso de solicitud del Programa, las solicitudes detalladas de los Solicitantes deben proporcionar lo siguiente:

  • Estados financieros, declaraciones de impuestos u otra documentación que demuestre los fondos de equiparación requeridos y la capacidad financiera para completar el proyecto y operar el negocio propuesto, información que MEDCO conservará como información confidencial de propiedad exclusiva y no revelará al público.
  • Planes detallados o descripción del proyecto que muestren el trabajo a realizar o los usos propuestos para la financiación del proyecto y del Programa.
  • Un presupuesto detallado del proyecto propuesto para los gastos totales de construcción o de programas y un presupuesto en el que se indiquen los usos específicos de los fondos de subvención del Programa.
  • Información sobre las empresas propiedad de minorías y mujeres apoyadas por el Programa y los proyectos de apoyo a las minorías o residentes de bajos ingresos de Meriden.
  • Arrendamientos por parte del arrendatario para los locales afectados que acrediten un plazo de arrendamiento, o plazo restante, no inferior a tres (3) años para cualquier solicitud en la que el arrendatario sea un solicitante, que proporcione la financiación correspondiente,
  • Los formularios W-9 y cualquier otra documentación y otros acuerdos o información exigidos por las regulaciones federales de subvenciones o para cumplir con otros requisitos federales, estatales o municipales.
  • Los proyectos de construcción que requieran permisos municipales requerirán la presentación de planos que tengan sello de aprobación de un arquitecto, ingeniero u otro profesional de diseño autorizado con licencia de CT antes de la aprobación y el desembolso de los fondos de la subvención. Este requisito se incluirá en el acuerdo de subvención entre el Ayuntamiento y los Solicitantes seleccionados. Los Solicitantes serán los únicos responsables de cumplir con todos los requisitos de código y edificación estatales y municipales.

Documentación adicional que pueda requerirse en función de las circunstancias particulares de la solicitud o proyecto propuesto.

El proceso de presolicitud requerirá lo siguiente:

  • Información sobre los solicitantes propuestos.
  • Una descripción del proyecto y estimaciones de costos.
  • Una descripción de las fuentes previstas de fondos de contrapartida.
  • Documentación adicional que pueda requerirse en función de las circunstancias particulares de la solicitud o proyecto propuesto.

Solicitantes de negocios no elegibles:

  • Empresas que realizan actividades prohibidas por la ley federal o la ley aplicable en la jurisdicción donde se encuentra o realiza el negocio, es decir, los dispensarios relacionados con el cannabis y las marihuanas
  • Empresas dedicadas a actividades especulativas que obtienen beneficios de las fluctuaciones de precios y no a través del curso normal del comercio
  • Instalaciones utilizadas principalmente para el juego o para facilitar el juego
  • Empresas dedicadas principalmente a actividades de lobby
  • Empresas dedicadas a esquemas de ventas piramidales
  • Tiendas de préstamos de día de pago
  • Negocios de naturaleza sexualmente lujuriosa.
  • Cualquier Solicitante actualmente moroso o en incumplimiento de cualquier otro estado o ciudad de asistencia financiera u obligaciones
  • Cualquier Solicitante moroso en impuestos federales, estatales o locales

Certificaciones del Solicitante:

Cada Solicitante deberá acreditar en la solicitud detallada y en el acuerdo de subvención que:

  • No está utilizando los ingresos del préstamo:
    • para pagar los impuestos sobre la renta federales o estatales morosos;
    • devolver los impuestos mantenidos en fideicomiso o depósito de garantía;
    • reembolsar los fondos adeudados a cualquier propietario, incluida cualquier inversión de capital o inversión de capital para la continuidad de la empresa, o
    • comprar cualquier parte de la participación en la propiedad de cualquier propietario del negocio.
    • devolver los préstamos concedidos por los Solicitantes antes de la aprobación de la solicitud de subvención final, siempre que, no obstante, se permita el pago de líneas de crédito concedidas después de la aprobación de la solicitud de subvención si dichos préstamos se utilizaron para los gastos del proyecto reembolsados por los fondos del programa.
  • El Solicitante no está haciendo declaraciones falsas.
  • El Solicitante no es:
    • Un funcionario ejecutivo, director o accionista principal de MEDCO o cualquier otro contratista que asista en el Programa.
    • Miembro de la familia inmediata de un funcionario ejecutivo, director o accionista principal de MEDCO o cualquier otro contratista que asista en el Programa.
    • Una empresa que se dedica a actividades especulativas que se benefician de las fluctuaciones de precios, tales como el comercio de petróleo y de productos básicos a futuro, a menos que esas actividades sean accesorias a las actividades regulares de la empresa y formen parte de una estrategia legítima de gestión de riesgos para protegerse contra las fluctuaciones de precios relacionadas con las actividades regulares de la empresa o a través del curso normal del comercio
    • Un negocio dedicado a las ventas piramidales, donde el incentivo principal de un participante se basa en las ventas realizadas por un número cada vez mayor de participantes
    • Una empresa que se dedica a actividades que están prohibidas por la ley federal o, si lo permite la ley federal, la ley aplicable en la jurisdicción donde se encuentra o conduce la empresa (esto incluye empresas que fabrican, venden, prestan servicios o distribuyen productos o servicios utilizados en relación con actividades ilegales, a menos que se pueda demostrar que dicho uso está completamente fuera del mercado previsto de la empresa); esta categoría de negocios incluye negocios directos e indirectos de marihuana, según se define en el Procedimiento Operativo Estándar de la SBA 50 10 6
    • Una empresa que obtiene más de la mayoría de sus ingresos anuales brutos de actividades de juego legales

Fecha de inicio del Programa:

15 de noviembre de 2022

Gastos de administración:

Durante la vigencia del Programa, el Departamento no gastará más de $500,000 en servicios de difusión, administrativos y de consultoría para el Programa, incluidos los servicios prestados por MEDCO. El Departamento podrá asignar los fondos administrativos restantes, o que se proyecte que queden, a cualquiera o a todas las actividades del Programa.

Reembolso de gastos aprobados y requisitos de informes:

El pago por parte de la Ciudad a los Solicitantes aprobados se realizará de acuerdo con los términos de un acuerdo de subvención entre la Ciudad y el Solicitante. El Municipio efectuará los reembolsos a los Solicitantes aprobados por los pagos realizados por los Solicitantes por los gastos aprobados. Los Solicitantes aprobados también tendrán que mantener registros y presentar información periódicamente a la Ciudad para cumplir con los requisitos de fondos estatales y federales para los fondos de subvención del Programa de la Ley de Recuperación Estadounidense, como se establecerá en detalle en el acuerdo de subvención entre la Ciudad y el Solicitante exitoso.

Revisión de las directrices del programa:

Las directrices del Programa y esta Descripción del Programa pueden ser modificadas por la Ciudad y MEDCO en cualquier momento y de vez en cuando; las modificaciones entrarán en vigor inmediatamente después de la aprobación por el Comité de aprobación de MEDCO y el Departamento. No se ofrecen ni pretenden otorgar derechos legales a ningún Solicitante ni a ninguna otra parte hasta que se haya aprobado o completado una solicitud de subvención y se haya ejecutado un acuerdo de subvención entre los Solicitantes y la Ciudad de Meriden. En caso de cualquier incoherencia irreconciliable entre las directrices del Programa o la presente descripción del Programa y el convenio de subvención de la Ciudad, prevalecerán y regirán las disposiciones del convenio de subvención de la Ciudad.

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